EL
PRECIO DE SER DIFERENTE - CONSECUENCIAS
ECONOMICAS Y SOCIALES DE LA DISCRIMINACION
CONTRA LAS LESBIANAS EN AMERICA LATINA:
Claudia Hinojosa / Alejandra Sardá
En
el marco del incremento tenaz de las
desigualdades económicas presenciamos también
con frecuencia el fortalecimiento del falso
dilema entre la agenda para combatir la
pobreza y la agenda por la autodeterminación
sexual de las mujeres, entendiendo desde
luego la primera como "lo realmente
importante" y la otra como
"subsidiaria", en el mejor de los
casos, o como una preocupación
descaradamente frívola "frente a la
situación extrema de injusticia económica"..
En
este texto intentaremos reflexionar sobre
las consecuencias económicas y sociales de
la discriminación contra las mujeres
latinoamericanas cuya preferencia
sexo/afectiva la constituyen otras mujeres a
partir del marco conceptual del derecho al
desarrollo (entendido como desarrollo
humano), con el afán de trascender aunque
sea mínimamente la supuesta oposición
arriba señalada y retomar la noción de
derechos tan indivisibles como somos las
humanas y los humanos. Y tan "injerarquizables"
como también somos.
Familia:
núcleo central de la desigualdad
Seguiremos
aquí la definición de "familia"
que propone la Relatora Especial de Naciones
Unidas sobre Violencia contra la Mujer,
Radhika Coomaraswamy: "… no se debería
definir la familia mediante una construcción
formalista, nuclear, la de marido, mujer e
hijos/as. La familia es el lugar donde las
personas aprenden a cuidar y a ser cuidadas,
a confiar y a que se confíe en ellas, a
nutrir a otras personas y a nutrirse de
ellas." De acuerdo a esta definición
-centrada en las funciones que la familia
debe cumplir y no en los géneros de quienes
la integran, familias son, también:
Las
parejas (o tríadas, o cuartetos, o…) de
lesbianas que mantienen entre sí una relación
erótico/afectiva y comparten un proyecto de
vida, tanto las que no tienen hijas/os, como
las que las/os tienen, producto de uniones
heterosexuales anteriores, fertilización
asistida o adopción.
A
la fecha, estas familias no tradicionales
carecen de toda protección legal en los países
de la región..
En
algunos casos puntuales, han habido
tribunales que fallaron a favor de parejas
del mismo sexo (hasta ahora, todas de
hombres en las que uno de ellos o ambos
estaba padeciendo el SIDA en estado
terminal) en cuanto al derecho a la herencia
(Brasil) o a la atención médica (Colombia,
Argentina). De todas maneras, se trata de
casos puntuales que no obligan a los jueces
a pronunciarse en el mismo sentido frente a
otras demandas, ni otorgan derecho alguno al
resto de las personas que forman familias no
tradicionales
Existen
proyectos de ley para otorgar algunos
derechos civiles básicos a estas familias.
Dichos proyectos se encuentran en debate
parlamentario en Argentina (a nivel nacional
y local en la ciudad de Buenos Aires),
Brasil (federal), Colombia (nacional) y México
(en el Distrito Federal). La oposición que
han despertado entre los partidos políticos
de derecha y sus organizaciones religiosas
aliadas ha sido tal que en el caso de Brasil
se perdió la primera votación en 1997 y
actualmente la discusión se encuentra
empantanada, con los partidos confesionales
forzando a las legislaturas de algunos
estados (como Santa Catarina) a recomendar
el voto negativo a sus representantes en el
Parlamento federal. En Argentina, ya van dos
veces que el proyecto nacional debe volver a
presentarse porque los legisladores y
legisladoras no se deciden a debatirlo en el
recinto, mientras que su par porteño está
siendo objeto de una virulenta campaña en
contra orquestada por la iglesia católica.
En el Distrito Federal mexicano, la presión
de la iglesia hizo que, mediante argucias
legales, algunos legisladores impidieran la
votación del proyecto durante la sesión
final del ciclo 2002 y lo reintegraran para
su "estudio" a las comisiones que
ya lo habían aprobado. En Colombia, el
Senado acaba de apoyar el proyecto, pero la
iglesia católica ya ha lanzado una campaña
de recolección de firmas para incidir sobre
el paso siguiente, que es su debate en la Cámara
de Diputados.
Las
derechas de esos cuatro países coinciden en
calificar a estos proyectos de
"atentados contra el matrimonio y la
familia".
¿Cuáles
es el potencial destructivo de los derechos
que estos proyectos garantizan, y qué
implica su carencia para las personas que
viven en familias alternativas?
1.
Derecho a la herencia
Al
no existir lazo legal alguno entre las
integrantes de una pareja lésbica, no
pueden heredarse entre sí de manera automática
-como sucede en el caso de los matrimonios-
ni tienen la posibilidad de acceder a la
herencia tras demostrar el vínculo mediante
testigos, como sucede con las concubinas/os.
En este último caso, los Estados han
reconocido que la convivencia otorga
derechos sobre los bienes del compañero/a,
ya que en la generación de esos bienes
cooperan siempre ambas/os integrantes de la
pareja. No existe lógica alguna más allá
del prejuicio que permita afirmar que esto
debe ser diferente cuando las integrantes de
la pareja son dos mujeres (o dos hombres).
La
única opción disponible para las familias
no tradicionales que posean bienes es la de
celebrar contratos privados. Las personas
heterosexuales pueden darse el lujo de
olvidar su finitud, porque la ley cuida de
sus familias; las lesbianas deben tenerla
presente si no quieren condenar a sus compañeras
a situaciones de desprotección.
2.
Derecho a la seguridad social, a la salud, a
la atención médica y a beneficios
familiares
Por
el hecho de estar formadas por mujeres, las
familias lésbicas están más expuestas a
la pobreza que las familias en las que hay
varones (tanto heterosexuales como de
hombres gays). Según estadísticas del
Banco Interamericano de Desarrollo, a igual
nivel de escolaridad las mujeres
latinoamericanas perciben salarios que son
siempre inferiores a los de los hombres.
En
este tema, nos enfrentamos a un dilema. Los
Estados latinoamericanos se han ido
retirando de la prestación de servicios en
áreas clave como la salud, la educación y
las jubilaciones, que han quedado en manos
de empresas privadas que no cumplen ninguna
función social y por lo tanto sólo
atienden a los sectores de mayores ingresos.
Cuando pedimos el derecho a la seguridad
social para las familias no tradicionales,
sabemos que estamos hablándole a Estados
que ya no garantizan ese derecho ni siquiera
a las más tradicionales de las familias.
Sabemos que nuestros Estados no tienen
presupuesto para atender a las necesidades
de su población, aquí sí sin discriminación
alguna, porque lo destinan a cumplir con sus
obligaciones de deuda externa y también a
armar a sus ejércitos y policías para
reprimir mejor los conflictos internos.
Reclamar estos derechos es una cuestión de
principios, que hace al cumplimiento de la
igualdad ante la ley y la no discriminación,
bases fundantes de la perspectiva de los
derechos humanos. Por eso seguiremos
reivindicándolos. Pero sabemos que paralela
a esa lucha, es necesario un trabajo en
coalición con el conjunto de la sociedad
afectada por las políticas neoliberales.
Sin un cambio radical en las políticas económicas
y de gobierno de nuestra región, no hay
esperanza real de cambio en la situación de
exclusión que viven las lesbianas (así
como los homosexuales, las personas
bisexuales y transgénero).
Para
aquellas que dependen de las deterioradas
obras sociales sindicales que todavía
brindan servicios médicos, si una de las
integrantes de la pareja queda desempleada,
no tiene posibilidad alguna de utilizar el
seguro de salud de su compañera. Algunos
sindicatos aislados (bancario en Uruguay,
aeronavegantes en Argentina, estatales en
algunas ciudades de Brasil, como Recife y
Sao Paulo) reconocen los derechos de las
parejas del mismo sexo en cuanto a cobertura
médica.
En
el caso de los seguros de retiro,
jubilaciones y pensiones, ningún Estado
latinoamericano garantiza el derecho de una
lesbiana a cobrar la pensión de su compañera
fallecida. Tampoco las prestadoras privadas
permiten anotarse como pareja, con lo que se
presenta un situación de doble erogación
forzada.
Otros
beneficios familiares, cuya carencia impacta
con mucha crueldad a las familias lésbicas,
son las licencias. Las afortunadas minorías
que aún conservan un empleo estable en el
que se otorgan licencias por duelo y por
familiar enfermo, no pueden hacer uso de
esos beneficios si es su compañera la que
ha muerto o la que requiere su asistencia,
ya que para la legislación laboral se trata
de una desconocida. Tampoco puede la mujer
que no es madre biológica pero convive con
su compañera que sí lo es, pedir una
licencia en caso de enfermedad de las
criaturas. (Las mayorías que viven bajo
empleo precario no gozan de licencia alguna,
cualquiera sea su preferencia sexual)
3.
Derecho a crédito bancario, hipotecas y
otras formas de crédito financiero
El
no ser consideradas "familia" en
el sentido legal del término excluye a las
lesbianas de los créditos para la vivienda
que otorgan los Estados -que son los más
accesibles en términos de importe de las
cuotas y plazos para su pago.
Los
bancos privados no tienen una política
definida pero, según el caso, podrían
avenirse a sumar los ingresos de las
integrantes de una pareja y concederles un
crédito hipotecario conjunto, bajo la
figura de "co-deudoras
solidarias". Por supuesto, aquí las
cuotas a pagar son mucho mayores y los
intereses, considerables.
La
intersección de exclusiones entre clase y
preferencia sexo-afectiva es lo que hace más
cruel la negativa de los Estados en cuanto a
cumplir con sus obligaciones de garantizar
la igualdad ante la ley sin discriminación
alguna. Quienes más sufren la falta de
protección estatal para las familias
alternativas son las lesbianas empobrecidas
-que en nuestra región son, en su mayoría,
las también afectadas por exclusiones étnicas,
lingüísticas y etarias (las lesbianas
mayores son un grupo poblacional de marcada
vulnerabilidad económica, sobre todo las
que no cuentan desde hace años con el apoyo
de sus familias de origen).
4.
Derechos de niñas y niños en familias
alternativas
Las
niñas y niños que viven en familias lésbicas
sufren los resultados de la desprotección a
que venimos refiriéndonos. Esta situación
viola de manera flagrante derechos
universalmente reconocidos a toda niña y
todo niño "… sin distinción alguna,
independientemente de la raza, el color, el
sexo, el idioma, la religión, la opinión
política o de otra índole, el origen
nacional, étnico o social, la posición
económica, los impedimentos físicos, el
nacimiento o cualquier otra condición del
niño, de sus padres o de sus
tutores..." (Convención Internacional
sobre los Derechos del Niño, Artículo
2.1).
Las
niñas y niños que viven en familias lésbicas
son criadas/os por dos madres, a las que
ellas/os reconocen, aman y disfrutan como
tales. Pero para la ley, hay una sola madre
-que lo es por nacimiento o por adopción.
La otra es una perfecta desconocida.
Por
ejemplo, cuando la desempleada es la madre
biológica, no hay manera de que las niñas
o niños puedan acceder al seguro de salud
de su otra madre, con lo quedan
desprotegidas/os en caso de enfermedad,
pudiendo no estarlo. Tampoco pueden cobrar
la pensión de su madre no biológica, ni
siquiera en los casos en que se trata del único
ingreso familiar y/o tratándose de niñas/os
discapacitadas/os. Para nuestros Estados,
todavía pesa más el temor a enfrentarse a
la condena de las iglesias tradicionales y
sus organizaciones aliadas de derecha, que
la decisión de cumplir sus compromisos
internacionales y proteger a todas las niñas
y a todos los niños reconociendo legalmente
a la diversidad de familias en que viven.
Claudia
Hinojosa es co-fundadora en 1978 del
Grupo Lambda, una de las primeras
organizaciones lésbico-gays en México y América
Latina. Actualmente es asesora de la Dip.
Enoé Uranga, Presidenta de la Comisión de
Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa
del Distrito Federal.
Alejandra
Sardá es la coordinadora del Programa
para América Latina y el Caribe, de la
Comisión Internacional para los Derechos
Humanos de Gays y Lesbianas (IGLHRC). Nació
en Argentina y vive en México.